Pruebas de
Paternidad
La Prueba de Paternidad por ADN es el método más confiable
y moderno para confirmar o negar la paternidad. Aunque puede hacerse por
razones médicas, legales o simplemente personales, la prueba de paternidad,
siendo una prueba biológica, no es un análisis médico, ni policial
... es un análisis social de interés
individual.
La prueba se basa en un análisis preciso de las muestras de
ADN de la madre, del niño(a) y del padre presunto. El ADN
(Ácido Desoxiribo Nucleico)
constituye una huella genética única para
cada individuo que viva o que alguna vez haya existido sobre la Tierra.
Todo niño(a) hereda el ADN de sus padres: Exactamente la
mitad proviene de su madre y la otra mitad exactamente de su padre. En
consecuencia, si se determina ciertos marcadores genéticos en los ADN del
niño(a) y de la madre, se puede deducir con un grado de certeza
prácticamente absoluta si algún hombre es o no el padre biológico del
niño.
Las pruebas de
paternidad se pueden realizar en nuestro Laboratorio de una de tres formas,
según si los interesados desean o no hacer uso legal en ese momento
de los resultados:
Prueba
Voluntaria Anónima.-
En estos casos BioGenómica no
verifica la identidad de las personas a quienes se les toma la muestra. Sus
nombres pueden ser registrados como Juan Fulano, Teresa Sutana, y Javier
Perencejo. Es decir, serán tratadas como en los casos de cualquier prueba
de laboratorio clínico (Ej. glucosa o colesterol) en que no se verifica si
el paciente es quien dice ser.
Cuando BioGenómica emite los resultados, éstos llevan un párrafo al final
que aclara que "BioGenómica no ha verificado la
identidad de los participantes de la prueba y que por tanto bien podría ser
que se trate de nombres no reales".
Prueba
Voluntaria Identificada.-
En estos casos BioGenómica sí
verifica cuidadosamente la identidad de las personas a quienes se les
toma la muestra. Se pide una prueba de identidad (DNI, boleta militar, CI,
pasaporte, carnet de extranjería, etc). Es más, se toma una fotografía a los
pacientes en el acto de toma de la muestra, se les pide llenar un formulario
de autorización y se les solicita que firmen e impriman su huella digital en
dicha hoja.
Los interesados podrán utilizar
los resultados emitidos por nosotros para incluirlos en su archivo personal
o para anexarlos a testamentos o podrán usarlos como parte de
procedimientos judiciales (declaración de paternidad, demandas de
alimentos, juicios de filiación, contestación de paternidad, etc).
Pruebas
Requeridas por el Poder Judicial.-
La legislación
peruana ya contempla desde enero de 1999 a partir de la Ley
No 27048 modificaciones de diversos artículos del Código Civil
referidos a la declaración de paternidad y maternidad. Así en su Artículo
402, Inciso 6, la ley dice que "... la paternidad extramatrimonial
puede ser judicialmente declarada cuando se acredite el vínculo parental
entre el presunto padre y el hijo a través de la prueba del ADN u otras
pruebas genéticas o científicas con igual o mayor grado de certeza
..."
En
consecuencia, los análisis de paternidad estarán disponibles además para
atender órdenes judiciales en que se solicite los resultados para ayudar al
Juez a esclarecer casos de filiación acreditando vínculos parentales
mediante la prueba del ADN.
En
estos casos hay dos modos posibles de acción:
1.
El Juez solicita la prueba a nuestro laboratorio
mediante un oficio dándonos una fecha y hora determinada. Las muestras se
toman generalmente en el local del mismo Juzgado aunque el Juez puede
ordenar que se tomen en otro lugar. Para que esto ocurra, una de las partes
debe oficiar al Juez para que se "admita" la prueba del ADN dentro
de su proceso judicial. Las partes pueden sugerir el nombre del laboratorio
que ellos desean practique el análisis.
2.
Las partes se hacen la prueba de manera privada, pero
identificada. Si luego se desea que los resultados sirvan de prueba en
algún proceso judicial, la parte interesada debe ofrecer el Informe de
Resultados al Juez correspondiente. El Juzgado luego notificará a nuestro
laboratorio para que nos apersonemos a una audiencia de ratificación.
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